MANUAL DE CONVIVENCIA 2014
Por medio del cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar del Centro educativo Rural Santa Rita.
Con fundamento en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), la Ley 1098 de 2006, la Infancia y Adolescencia, Ley 201 de 2012, matoneo Escolar, la Ley 715 de 2001, Decretos reglamentarios, Nº 1860 de 1994 y Decreto 1286 de 2007, Ley 30 de 1986 sobre Prevención de la Drogadicción, ley 375 de 1997 sobre la Juventud y el Decreto Ley 1290 evaluación y Promoción Escolar.
ACUERDA
Que, es deber Centro Educativo Rural Santa Rita elaborar el Manual de Convivencia, como instrumento de manejo y organización, de acuerdo con la Ley General de Educación.
Que, es necesario reglamentar los derechos y deberes de la Comunidad educativa para la buena marcha del Centro Educativo Rural Santa Rita.
Que, una adecuada reglamentación hace propicio el ambiente escolar, para el logro de los objetivos educativos del Centro Educativo Rural Santa Rita.
Que, es necesario crear en los estudiantes hábitos de respeto, autoestima y desarrollar los valores inherentes a la sociedad.
Que, en sus objetivos educativos institucionales, la formación integral de los estudiantes es primordial, a fin de que logren su formación afectiva en la sociedad colombiana.
Que, es necesario fomentar hábitos de orden y disciplina en el Centro Educativo y adquirir compromisos.
Que, en sendas Jornadas Pedagógicas, a saber: Profesor, Padres de Familia estudiantes, y Consejo Académico, Se leyeron, estudiaron, analizaron, debatieron y se realizaron los respectivos ajustes y modificaciones al Manual de Convivencia Escolar del Centro Educativa Rural
INTRODUCCIÒN
El manual de convivencia más que un reglamento, es un texto para la vida, para la participación, para opinar, decidir y vivir en comunidad.
El esfuerzo de la Institución por realizar acciones educativas de calidad, conlleva un gran compromiso por parte de todos y cada uno en particular, para alcanzar lo concertado que, en última instancia, pretende facilitar el desarrollo humano de toda la Comunidad Educativa.
Para el Centro Educativo Rural Rural Santa Rita , el concepto de educación ciudadana no se refiere exclusivamente a aquellos procesos donde el individuo aprende a cumplir con las normas sociales y a portarse bien, como miembro de un colectivo o de una sociedad, la idea de formar ciudadanos va mucho más allá porque involucra el desarrollo moral del individuo y el concepto de ética con que cada uno asume su proyecto de vida, las relaciones con los otros que se consideran legítimos en el entramado del tejido social y la relación con el medio ambiente.
La experiencia en el Centro Educativo Rural Rural Santa Rita , invita a todos los actores de la Comunidad Educativa a comprometerse con el ejercicio de la democracia y de la ciudadanía, como un modo de vivir, de entender la relación con el otro, de comprometerse y organizarse coherentemente con los valores de respeto, solidaridad y cooperación.
El manual de convivencia como parte del Proyecto Institucional, según lo dispuesto en la ley 115 de 1994 en sus artículos 73 y 87, el código de la infancia y de la adolescencia de 2007, que consagra los derechos y deberes, aspectos disciplinarios, evaluación del comportamiento y rendimiento académico, estímulos y correctivos para cada uno de los estamentos de la Comunidad Educativa del Centro Educativo Rural Rural Santa Rita.
Más que formar hombres y mujeres que trasmitan y repitan conocimiento, el país requiere de la formación integral de personas que amen la democracia, que defiendan la paz, por lo tanto, la educación colombiana en todos sus niveles deberá favorecer entonces, por la formación de esa calidad de ser humano.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.
GENERAL
Consolidar una formación integral basada en valores: sociales, económicos y culturales, de sana convivencia desde la cotidianidad para influir en el contexto regional, con acciones tendientes a la solución pacífica de conflictos, entre los diferentes estamentos y actores que conforman la Comunidad Educativa del Centro Educativo Rural Rural Santa Rita.
ESPECÍFICOS.
§ Favorecer en los estudiantes la construcción de valores para lograr la sana convivencia en la sociedad y de esta manera permitirle ser democrático e independiente.
§ Aportar en la formación de ciudadanos participativos vinculando la familia y la comunidad a los proyectos escolares.
§ Construir normas de convivencia para ser capaces de actuar con criterios propios y de interactuar con los demás.
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DE LA INSTITUCIÒN
ARTÌCULO. 2. C A R A C T E R I Z A C I Ô N.
El Centro Educativo Rural Rural Santa Rita , es de carácter, Oficial Departamental, mixto, aprobado legalmente por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación del Departamento Antioquia, El establecimiento fue reconocido como de carácter oficial mediante la resolución 0098218 de junio 25 del 2010 y autorizado para impartir educación formal en los niveles de transición, 1°,2°,3°,4° y 5° del ciclo de básica primaria con el modelo de escuela nueva.
Se encuentra ubicado en el Departamento de Antioquia, vereda Santa Rita , Municipio de Antioquia, su Código DANE es 205038000099.
ARTÌCULO. 3. L E M A I N S T I T U C I O N A L.
Esfuerzo, Excelencia, disciplina y trabajo
El significado de “Excelencia”, se hace alusión indefectiblemente a la correlación entre contenidos (en un sentido amplio) e inserción social y laboral. Es decir, cómo obtener las competencias necesarias para responder a los requerimientos de la realidad social y laboral de la comunidad dentro del todo comunitario: La excelencia del hombre es entonces en primera instancia ser un hombre justo (poseer la proporción interior) y en segundo lugar, ser capaz de cumplir su función.
DE LOS FUNDAMENTOS
ARTÌCULO. 4. M I S I Ò N.
Formar a la Comunidad Educativa Rural Santa Rita en sus niveles de preescolar, Básica primaria; en el contexto de las áreas fundamentales y en el desarrollo de proyectos personales y comunitarios de vida; con un modelo de atención integral que le permita a la población vulnerable, desplazada, con barreras de aprendizaje, grupos étnicos y con capacidades excepcionales; acceder a los servicios educativos, con una excelente formación fundamentada en principios de mejoramiento continuo.
ARTÌCULO. 5. V I S I Ò N.
Para el año 2020 el Centro educativo rural Rural Santa Rita , será reconocido a nivel local, departamental y nacional por su PEI, basado en la exigencia académica, con un mejoramiento continuo, abierto a la diversidad, fundamentado en valores: sociales, económicos y culturales. Siendo competentes para la formación integral, teniendo en cuenta las normas propuestas para el desarrollo sostenible.
ARTÌCULO. 6. P R I N C I P I O S.
§ La Comunidad Educativa debe ser organizada en forma democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto, la dignidad humana y el trabajo.
§ Servir a la comunidad y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución.
§ Facilitar la participación de todos los estamentos en la toma de decisiones que afectan la Comunidad Educativa.
§ Promover la prosperidad general y reconocer sin discriminación alguna, los derechos de la persona.
§ Reconocer, enseñar, proteger la diversidad cultural.
§ Promover, conservar y proteger las riquezas culturales y naturales de la región.
§ Formar en los estudiantes, el respeto a la vida, la paz, la tolerancia, la justicia, la solidaridad, la equidad, la convivencia y demás derechos fundamentales.
§ Formar estudiantes con sanos principios éticos, morales y con una sólida formación académica en los procesos de investigación científica y tecnológica.
ARTÌCULO. 7. V A L O R E S.
La comunidad educativa fomentará la formación en los siguientes valores:
RESPETO: comprendido como la capacidad de reconocer la propia dignidad y la de los demás.
GENEROSIDAD: comprendida como la capacidad de entrega y de servicio a los demás, con una actitud solidaria, amorosa y justa.
ALEGRÍA: comprendida como un estado entusiasta de plenitud interior, consecuencia de la actuación correcta, en el cumplimiento del deber.
HONESTIDAD : comprendida como la coherencia entre el sentir, el pensar y el obrar del ser humano conforme a la ley de Dios y al ordenamiento institucional.
CREATIVIDAD : comprendida como un proceso de crecimiento orientado a la transformación de sí mismo y del mundo mediante la disciplina, el esfuerzo y el trabajo.
COMPROMISO : comprendido como la responsabilidad de ser y de obrar consecuentemente con el propio proyecto de vida y con el de una sociedad justa, equitativa, solidaria y democrática.
AYUDA MUTUA: Promoveremos el trabajo en equipo, buscamos la participación de todos, con el fin de lograr soluciones creativas e innovadoras a las dificultades.
DEMOCRACIA: Proponemos, participas escuchamos y nos expresamos positivamente.
IGUALDAD: Buscamos las mismas oportunidades para todos sin ninguna discriminación.
SOLIDARIDAD: Velamos todos por el bien común.
ARTÌCULO. 8. M O D E L O P E D A G Ó G I C O.
La ESCUELA ACTIVA es la escuela de la acción. Por eso es Activa – Participativa. La acción es vida. Es pues la vida el insumo por excelencia que sustenta nuestro trabajo educativo.
La Educación Activa es un proceso que propicia en cada niño el desarrollo de sus capacidades personales al máximo, para integrarse a la sociedad y aportar lo valioso de su individualidad para transformarla.
En este concepto están comprendidos dos aspectos: el de la información o instrucción académica, y el de la formación de hábitos y actitudes con base en una escala de valores.
La Escuela Activa es la escuela de la acción, del trabajo de los alumnos guiados por el maestro. Son ellos quienes investigan y procesan la información, responsabilizándose conjuntamente en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
12.1. FUNDAMENTOS PSICOPEDAGÓGICOS DE LA ESCUELA ACTIVA
§ Respeto a la personalidad del niño: se basa en el reconocimiento y la aceptación de las diferencias individuales.
§ Educación individualizada:
§ Procura el desarrollo armónico de todas las capacidades del niño.
§ Educación para lo social: por medio de la interacción del grupo al que el educando pertenece se le integra para que participe y contribuya en la modificación social a que aspira.
§ Desarrollo de la capacidad creadora: fomentar la creatividad y la libre expresión dará al niño satisfacción y seguridad.
§ Libertad y responsabilidad: la libertad se realiza en el interior de la persona y se manifiesta en la posibilidad de elección, toma de iniciativas y decisión entre varias alternativas, asumiendo la responsabilidad de la propia elección. Esa libertad individual no existe fuera de un contexto social, y quien actúa al margen de tal realidad, sin respeto por los demás, no está ejerciendo la libertad, sino el individualismo.
12.1-2. EL OBJETIVO FINAL DE LA ESCUELA ACTIVA:
Es educar, lo cual es mucho más que instruir, informar y hasta domesticar. Y entendemos por educación el acto de amor -no de lucro- que deviene la acción transformadora hacia estadios humanos superiores
D E L O S P E R F I L E S
ARTÌCULO 9. A L U M N O S.
Está encaminado en formar un ser íntegro con capacidad para afrontar retos y dar soluciones, resaltando los valores éticos y morales y los derechos de igualdad en la formación de líderes para crear empresas, siendo gestores de empleo y promotores del desarrollo socio-económico de la región y el país.
Que sea una persona racional e integral con capacidad crítica, analítica e investigativa, capaz de desarrollar proyectos de índole social.
§ Que enfrente con responsabilidad y acierto el compromiso de mejorar sus condiciones de vida y las de su comunidad.
§ Que sea capaz de asumir el liderazgo en la proyección de fomentar y organizar microempresas.
§ Que domine el conocimiento brindado por la institución, desarrollando actitudes y aptitudes, resaltando lo concerniente a las especialidades en que desarrollen, permitiéndole vincularse al sector productivo e ingresar a la Universidad.
§ Que sea capaz de discernir, mediar y negociar ante cualquier tipo de conflictos como un generador de paz.
§ Que sea capaz de superar dificultades a pesar de sus limitaciones físicas.
ARTÌCULO 10. D O C E N T E S.
§ Poseer una visión que refleje el sentido social en sus educandos, tomando como punto de partida una misión integradora, gestora de proyectos que promuevan el desarrollo educativo de la comunidad, de su región y del país.
§ Que se identifique con amor propio hacía la Institución, que se sienta orgulloso de pertenecer a esta, manifieste espíritu de trabajo y solidaridad con la comunidad, actúe con gran espíritu de entrega por el desarrollo organizacional del Centro Educativo Rural Rural Santa Rita .
§ Que sea un líder y un excelente modelo en la gestión Académica, trabajando en equipo como estrategia fundamental para alcanzar los mejores resultados organizacionales, un ser inquieto a nivel intelectual, investigativo y un gran facilitador de la labor pedagógica.
§
ARTÌCULO 11. F A M I L I A S
§ Que sean colaboradoras con el progreso y el desarrollo organizacional del plantel, con gran sentido de pertenencia por la Institución y su comunidad, interesadas en ayudar con el proceso enseñanza-aprendizaje.
§ Amante de la Convivencia pacífica, respaldando la formación en los valores.
§ Solidarias y con una gran sensibilidad laboral.
D E L O S ESTUDIANTES
ARTÌCULO 12. D E R E C H O S.
Todos los estudiantes del Centro Educativo Rural Rural Santa Rita tienen derecho a:
1. Ser tratados por parte del personal docente, administrativo y de servicios generales con respeto y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes.
2. Ser oídos antes de ser sancionados.
3. Participar activamente en el proceso de aprendizaje y en las demás programaciones culturales, religiosas y deportivas del plantel.
4. Conocer con anterioridad los logros, indicadores de logros de cada área, así como los criterios de evaluación de su rendimiento escolar.
5. Conocer con anterioridad los informes descriptivos y cualitativos de las evaluaciones.
6. Ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares que se hagan a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad, el respeto por la justicia y por las personas vinculadas a este centro educativo.
7. Conocer las anotaciones que sobre su comportamiento hagan docentes del área, asesores de grupo, consejo de profesores, Director y consejo directivo para hacer las observaciones o descargos respectivos.
8. Utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil de que dispone el Centro educativo como restaurante escolar, Apoyo Pedagógico y otras atenciones que preste el ámbito institucional.
9. Ser atendidos oportuna y debidamente por parte del personal administrativo, en lo que se refiere a la solicitud de certificados de estudio, constancias y otros. Estas solicitudes deben hacerse durante los horarios establecidos y responder por los documentos entregados.
10. Solicitar a los profesores y autoridades escolares la organización y operación del el buzón de sugerencias y otros medios de comunicación masiva, que le permita expresar sus opiniones, quejas y denuncias.
11. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de los planes curriculares y exigir que se cumplan las clases y actividades programadas en forma puntual y completa, así como las normas legales vigentes sobre evaluación y promoción, dadas a conocer al inicio del año académico.
12. Presentar la evaluación cuando mande la excusa justificada por su inasistencia, previo acuerdo entre profesores y educandos.
13. Recibir orientaciones adecuadas para la realización de los trabajos escritos, investigaciones, consultas, carteleras, etc. Así como su revisión y corrección oportuna.
14. A la asociación libre en organizaciones establecidas legalmente cuyo objetivo sea el desarrollo y bienestar estudiantil y/o comunitario. (Art. 38 Constitución Política de Colombia).
15. Se garantiza la libertad de culto, el colegio no podrá obligar a ningún estudiante a participar en actos religiosos, en contra de su voluntad. (Art. 19 Constitución Política de Colombia, Ley 113 de 1994).
16. Derecho a la protección contra todas las formas de explotación. (Art. 36, Derechos del Niño).
17. Ser protegido contra el uso de sustancias que produzcan dependencia. (Ley 30 de 1986, decreto 3788).
18. A la igualdad de oportunidades para participar de los diferentes eventos o programas organizados por el colegio sin objeto de discriminación de ninguna naturaleza. (Art. 13 Constitución Política de Colombia).
19. A la no discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional, étnico o social, posición económica, impedimento físico, nacimiento o cualquier otra condición del estudiante o de sus padres. (Art. 2 Derechos del Niño).
20. Derecho a no ser objeto de injerencia arbitraria o ataques en su vida privada, familiar, domicilio, correspondencia, honra y reputación. (Art. 16, Derechos del Niño).
21. Derecho a la protección contra toda forma de perjuicio o abuso físico, mental o sexual, descuido o trato negligente, maltratado o explotación. Art.19 -34, Derechos del Niño.
22. Al debido proceso que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentran involucrados.
23. A expresar su opinión libre en los asuntos que le afecten y a que le tengan en cuenta en su opinión en función de su edad y madurez. (Art. 12 Derechos del Niño).
24. A la libertad de expresión y a buscar, recibir y difundir una sana información. (Art. 13 Derechos del Niño).
25. Al respeto por la diferencia y a disfrutar de una vida digna en condiciones de igualdad con las demás personas, que les permitan desarrollar al máximo sus potencialidades y su participación activa en la comunidad.
26. A ser destinatarios de acciones y de oportunidades para reducir su vulnerabilidad y permitir la participación en igualdad de condiciones con las demás personas.
27. Participar en la elaboración del presente Manual a través del Consejo Estudiantil
28. Elegir y ser elegido como representante de los estudiantes al Consejo Directivo, Personero, Consejo Estudiantil y otros comités reconocidos por el colegio, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.
29. Contar con el apoyo de los padres y acudientes para su educación.
30. Reclamar por el incumplimiento del presente manual, siguiendo el conducto regular ante la instancia.
ARTÌCULO 13. D E B E R E S.
Todos(as) los estudiantes al matricularse adquieren el compromiso de:
1. dar buen trato a sus superiores y compañeros a la altura de su dignidad.
2. escuchar y comprender sana y humanamente el punto de vista del otro.
3. estar dispuesto permanentemente a aportar elementos que contribuyan a la solución de situaciones problemáticas que se presenten al interior o fuera de la institución.
4. hacerse responsable de pérdidas y daños ocurridos en las instalaciones, dotaciones y servicios a cuyo disfrute haya tenido acceso.
5. dar cuidado, asistencia y protección dignos a los miembros de la comunidad educativa.
6. responder a los esfuerzos y demandas que efectúa la institución para su formación integral.
7. participar responsable, racional y sanamente en el descanso, el esparcimiento, el deporte, el arte, la cultura, la ciencia y la democracia.
8. participar activa y responsablemente en organizaciones constituidas de la comunidad con propósitos de desarrollo, de acuerdo con su estatus y reglamentos.
9. plantear argumentada y respetuosamente, sugerencias que apunten a la modificación del componente pedagógico y sus actividades.
10. respetar la vida íntima de compañeros, profesores y empleados de la institución.
11. mantener, proteger y conservar sana y adecuadamente el medio físico fuera y dentro del aula.
12. respetar las diferencias individuales y grupales de compañeros, profesores, padres de familia y comunidad en general.
13. contribuir al establecimiento de un medio de aprendizaje adecuado, sano, estético, confortable, a través de una correcta presentación personal, permanente práctica del aseo del vestido (uniforme) y una adecuada decoración e higiene del aula.
14. proceder con cordura apelando al dialogo racional y democrático a solucionar los problemas académicos, disciplinarios y sociales respecto el conducto regular.
15. respetar y no usar sin el consentimiento los bienes y pertenencias de los demás.
16. no utilizar las herramientas e impedimentos implicados en el proceso de aprendizaje, con fines destructivos o amenazantes.
17. dar un buen trato en lo físico y en lo verbal a todos los integrantes de la comunidad educativa.
18. comportarse en la comunidad educativa con decoro, altura, compostura, propios de quién se está formando.
19. permanecer en los lugares indicados de la institución para las actividades comunitarias.
20. presentar oportuna y auténticamente las excusas y documentos que justifique la inasistencia del alumno a la institución.
21. adquirir los útiles educativos necesarios para el logro de los objetivos de la institución.
22. cumplir con los trabajos escritos, investigaciones, señalados por los profesores, dentro de los términos establecidos en el calendario académico.
23. promover y presentar en las fechas programadas las actividades académicas.
24. respetar los reglamentos de las dependencias existentes en el colegio.
25. apoyar las campañas para mejorar o ampliar las ayudas didácticas.
26. conocer y acatar el manual de convivencia del plantel.
27. asistir a todas las clases y participar de todos los actos programados por la comunidad educativa.
28. presentar justificaciones por escrito por retrasos o inasistencias firmadas por acudiente.
29. permanecer dentro del plantel durante toda la jornada escolar y en los sitios programados para toda actividad.
30. entregar a los acudientes o padres de familias, las comunicaciones e informes que el centro educativo envíe.
31. en caso de retiro del centro educativo, cualquiera que sea el motivo, es obligación del educando ponerse a paz y salvo y firmar en el establecimiento junto con el acudiente la cancelación de la matrícula.
32. procurar la armonía y el espíritu de cooperación entre los estudiantes y profesores.
33. mantener con los compañeros relaciones cordiales de ayuda y solidaridad que busquen el bien común.
34. denunciar toda falta que atente contra el bien común, para no convertirse en cómplice del hecho.
35. cuidar sus respectivas pertenencias, abstenerse de llevar consigo objetos de valor y colaborar en los cuidados de los bienes ajenos. el centro educativo no se responsabiliza de la perdida de ellos.
36. evitar toda conducta contraria al cumplimiento de los anteriores deberes y otros semejantes.
ARTÌCULO 14. FALTAS LEVES.
Se consideran faltas leves, aquellas que alterando el normal desarrollo de las actividades institucionales no atentan contra la integridad física, moral y buenas costumbres de las personas.
1. El retardo o inasistencia sin causa justificada.
2. Consumir alimentos, u otros durante las horas de clase.
3. La evasión de clases o actos programados por la comunidad educativa sin previo aviso.
4. La utilización de prendas o accesorios que vayan en contra de la buena presentación personal o del uniforme establecido.
5. Utilizar el uniforme que no corresponde de acuerdo con los días asignados.
6. Desacatar las indicaciones dadas por los profesores o directivas de la Institución.
7. Utilizar en sus conversaciones vocabulario soez.
8. Hacer bromas de mal gusto que atenten contra la dignidad de la otra persona.
9. Salirse de clase sin autorización del docente.
10. Fomentar la indisciplina o participar en la misma durante las clases o actos programados.
11. Uso inoportuno de celulares en el aula de clase
12. Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones que envía el Colegio a los padres de familia y/o acudientes.
13. Incumplimiento de los compromisos académicos
14. Entrar al aula de clases sudados o con mala presentación personal
ARTÌCULO 15. FALTAS GRAVES.
Son aquellas que además de alterar el normal desarrollo de las actividades institucionales, atentan contra la integridad física, el respeto, la honradez, la moral.
1. Propiciar saboteo en las clases o actos programados para la comunidad educativa.
2. Acosos sexual
3. Irrespetar en forma lesiva, calumniar o injuriar a cualquier miembro de la Comunidad.
4. Reiterativas manifestaciones amorosas y afectivas inadecuadas entre estudiantes.
5. Escribir grafitis expresiones vulgares u ofensas en las paredes, baños o pupitres.
6. Poseer o hacer circular material pornográfico.
7. La coacción física (maltrato), moral o sicológica a sus compañeros.
8. Agresión verbal a cualquier miembro de la Comunidad educativa.
9. El uso comprobado de anónimos que atenten contra la dignidad moral.
10. Emplear o dejar que utilicen la cuenta de correo propio o ajeno o el servicio de internet y para enviar mensajes y/o fotografías obscenas o vulgares, realizar actividades ilícitas que dañen la imagen de la Institución.
11. Idearse una excusa para salir de la institución sin consentimiento del acudiente.
FALTAS GRAVISIMAS
1. Agredir físicamente a un miembro de la comunidad educativa dentro de la institución.
2. Comprobar su participación en el hurto de objetos de la institución, compañeros, docente y personal administrativo.
3. Comprobar su participación en daños a bienes de la institución, con fines premeditados.
4. El porte de armas de fuego, elementos corto punzantes y explosivos que puedan causar lesión a cualquier miembro de la comunidad.
5. Sustraer o dañar documentos de uso de la Institución, como el control diario de asistencia.
6. Falsificar o adulterar documentos, evaluaciones, calificaciones y/o firmas.
7. Actos vandálicos que atenten contra la integridad física de algún miembro de la comunidad y/o instalaciones de la misma.
8. Consumo y/o distribución de alcohol, cigarrillo o sustancias psicoactivas.
9. La práctica de relaciones sexuales dentro de la institución.
PARAGRAFO 1: si cualquier falta de las estipuladas dentro del manual de convivencia es cometida en segunda instancia, ascenderá automáticamente a la posterior y así mismo, se aplicará la sanción correspondiente.
PARAGRAFO 2: toda falta de carácter policivo o penal, será puesta en conocimiento a las respectivas autoridades, siguiendo estrictamente el debido proceso.
ARTÌCULO 20. RECONOCIMIENTOS Y ESTIMULOS
El Centro Educativo Rural ……….., otorgará a los (as) estudiantes algunos estímulos para promover los valores de autodisciplina, conciencia social, estético, deportivo, investigativo y voluntad de superación; además para mantener, optimizar y estimular el excelente rendimiento académico y comportamiento. El estudiante debe sentir la satisfacción del deber cumplido a través de:
§ Mención de honor a los alumnos que se distingan por su rendimiento académico, comportamiento y disciplina excelente, durante el año escolar; Se selecciona a los dos primeros estudiantes de cada grupo.
§ Mención honorífica, artística y deportiva a los estudiantes que se hayan destacado en: danzas, música, canto, teatro y en algunas otras disciplina deportivas.
§ Financiación, publicación y divulgación de los trabajos investigativos realizados.
§ Premio a la democracia. Será designado entre el personero estudiantil, representante de los estudiantes ante el consejo directivo y los miembros del consejo estudiantil, por la práctica democrática y la conservación de la armonía entre la Comunidad Educativa.
ARTÍCULO 16.ORIENTACIONES Y CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
Todos los procedimientos comprendidos en el presente Manual de Convivencia Escolar se diseñaron conforme a la Constitución Política Colombiana y lo reglamentado en las Leyes: 115 y 715 de Educación, Decretos: 1860, 1423 y en particular el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, Ley 201 del 2012, la ley 1098 /06 Código de la Infancia y la Adolescencia, ley 1620 (art.2,5,17,18,19),decreto 1965 (art.39) y la ley 1029 . De su aplicación y cumplimiento será responsable toda la comunidad educativa.
Los conductos regulares establecidos en este manual se entienden como directrices generales a seguir, siempre y cuando las circunstancias así lo permitan, pues cuando alguna situación lo requiera, las directivas del Centro Educativo Rural Rural Santa Rita podrán optar a su juicio por tomar las decisiones y acciones necesarias para corregirlas de inmediato. De la misma forma, se entiende que las instancias para la resolución de los asuntos no son secuenciales, es decir, que no deben agotarse las instancias previas sino que la instancia a la que se debe acudir dependerá de la gravedad del asunto. La sanción se concibe como correctiva y no como una medida represiva; su intencionalidad es el mejoramiento, el desarrollo y la formación integral del estudiante.
El principio básico del procedimiento disciplinario del Centro Educativo Rural Rural Santa Rita es el diálogo y la Conciliación cordial de las diferencias o dificultades que en él surjan.
En los actos de violación de las normas del presente Manual de Convivencia en el que se hallen involucrados los estudiantes del Centro Educativo Rural Santa Rita , se procederá al análisis de La situación para determinar su gravedad y establecer el procedimiento a seguir. Cuando sea posible, se preferirá el procedimiento sumario del Diálogo y la Conciliación, recurriendo de ser necesario, a convocar la presencia del Personero De los estudiantes si el estudiante vinculado lo solicita.
A continuación se presenta el conducto regular y los actores que participan en la resolución de conflictos.
• Garantizar el debido proceso, esto es: Escuchar al alumno en los descargos que presente; evidenciar los hechos; aplicar una sanción en concordancia con la falta cometida, y atender el recurso de apelación que el alumno o su familia presenten.
• Seguir el conducto regular que se requiera según sea el caso (profesor del área, asesor de grupo, coordinación, dirección, consejo directivo, otros.
• Notificar la sanción que se aplicará al alumno y a su familia mediante resolución rectoral.
• Iniciación del Proceso.
Análisis y posibles acciones pedagógicas tendientes a plantear solución a los casos leves (problema) a cargo del docente, que se encuentra al momento de presentarse el conflicto.
• Amonestación verbal:
Realizada por el profesor, aplicable en falta de tipo leve y no aplica rebaja en el comportamiento. Es la etapa de investigación y comprobación de los hechos. Se debe realizar el siguiente procedimiento:
§ Escuchar en versión libre al estudiante.
§ Asegurarse siempre de investigar y analizar los hechos.
§ Intentar conciliar con el estudiante para que la falta cometida, no la vuelva a realizar.
§ Acudir al asesor de grado e informarle del comportamiento y decidir conjuntamente las acciones a seguir.
• Amonestación escrita:
Si el estudiante reincide en comportamientos inapropiados –faltas leves- el docente continúa con el siguiente procedimiento:
§ Hablar con el estudiante por separado
§ Escuchar con objetividad las razones que exponga el estudiante (versión libre)
§ Si la falta lo amerita lo puede anotar en el diario de campo y/o cualquier otro documento que el docente tenga.
§ Llenar el acta de observación comportamental, donde se hace un compromiso de cambio de actitud por parte del estudiante implicado.
PARAGRAFO: Ningún docente puede unilateralmente tomar la decisión de enviar un estudiante para la casa; en caso de hacerlo se hará responsable.
• Tramitación ante Coordinación o Dirección: Ante la coordinación o dirección se tramitan las faltas leves en forma reiterativa (más de tres veces) y que exigen atención, por la omisión del estudiante de la norma; como también las faltas graves.
La coordinación procede de la siguiente manera:
§ Recepción de la queja: Se recepciona la queja, que puede ser verbal, escrita y/o de oficio.
§ Investigación de los hechos: Acopia información suficiente sobre los hechos y circunstancias en que se desarrolló el conflicto o la falta, aportada por todos los involucrados en él (queda un registro escrito completo) se cita al estudiante, padre de familia y/o acudiente. Cuando la gravedad de los hechos así lo exija, se realizará un procedimiento escrito en el cual exista una clara relación de los actos reportados como violatorios de las normas, la persona o personas a quien o a quienes se les atribuye las pruebas que se hayan recogido y los descargos de los inculpados junto con la opinión del Personero de los estudiantes.
§ Formulación de cargos: Este procedimiento se llevará a cabo ante la presencia del señor Coordinador o director, quien previo análisis del acopio probatorio logrado en el procedimiento, determinará su aplicación y las acciones a seguir, concluyendo bien sea con la exoneración de los inculpados o la determinación de la sanción que corresponda.
PARÁGRAFO: En todo caso, en el procedimiento disciplinario será necesario escuchar a los estudiantes o miembros de la Comunidad Educativa implicados en el asunto y se contará con la presencia del Personero de los estudiantes, con el fin de garantizar el adecuado derecho de defensa. De lo actuado se dejará constancia escrita y se informará a los padres de familia y/o acudientes.
• Matricula en observación
Este correctivo es un proceso de seguimiento que se le hace al estudiante analizando su comportamiento. Se realizará mediante resolución proferida por el director, con las respectivas firmas del estudiante y del padre de familia o acudiente, se les hará entrega de una copia.
• Suspensión:
Si se continúa con la situación, una vez de aplicada la matricula en observación, se toma la decisión de suspender al estudiante por tres (3) días hábiles de clases, en este tiempo el estudiante realizará una serie de actividades fijadas por el coordinador o director de la institución.
Estos casos se reportan a Bienestar Familiar, Comisaría de Familia o policía de infancia de la localidad.
• Cancelación del contrato de matrícula:
Únicamente es competencia de su ejecución el Consejo Directivo mediante resolución. Se aplica a aquellos estudiantes que cometen una falta de carácter grave reiterado, gravísimo o de carácter Judicial.
La cancelación del contrato de matrícula puede darse, de acuerdo con la falta sin tener en cuenta los procesos anteriores a esto.
RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
PROMOCION: fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar con el fin de generar un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
PREVENCION: intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en el contexto escolar.
ATENCION: Asistir oportunamente a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan a la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales.
SEGUIMIENTO: seguimiento y evaluación de las estrategias y acciones de promoción, prevención y atención desarrolladas por los actores e instancias del sistema nacional de convivencia escolar.
PAUTAS, ACUERDOS, MEDIDAS PEDAGOGICAS Y ALTERNATIVAS DE SOLUCION FRENTE A LAS SITUACIONES QUE AFECTEN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
PROTOCOLOS
TIPO 1:
Conflictos manejados inadecuadamente y situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar. No generan daños al cuerpo o a la salud física o mental.
ACCIONES:
· mediar de manera pedagógica con las persona implicadas
· fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa, y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
· Establecer compromisos y hacer seguimiento
TIPO 2:
· Que se presenten de manera repetida o sistemática
· Que causen daños al cuerpo o a la salud física o mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
ACCIONES:
· Brindar atención inmediata en salud física o mental de los afectados.
· Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos.
· Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.
· Informar de manera inmediata a los padres, madres, acudientes.
· Generar espacios para exponer lo acontecido.
· El comité escolar de convivencia realizara el análisis del caso y seguimiento de las soluciones
TIPO 3
· Situaciones que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.
ACCIONES:
· Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados
· Informar de la situación a la policía nacional (policía de infancia y adolescencia)
· Citar a los integrantes del comité escolar de convivencia y ponerlos en conocimiento del caso
Remisiones al Comité de Convivencia
Todo conflicto entre los miembros de la Comunidad Educativa se procurará que sea resuelto en su propio ámbito, es decir entre las personas implicadas en primera instancia; si no quedase resuelto intervendrá el director padre de familia y en último caso, la Comisión de convivencia.
Una vez analizada detenidamente la situación del alumno remitido, el Comité de convivencia, que tendrá como funciones resolver todas las inquietudes, sugerencias y dificultades académicas, disciplinarias y administrativas (laborales) que se presenten.
Las finalidades principales del Comité de Convivencia serán las siguientes:
1. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.
2. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño y las garantías que amparan a la comunidad educativa.
3. Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objetivo de promover la convivencia y los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar.
4. Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia y resolución pacífica de los conflictos que adelanten las diferentes entidades municipales.
5. Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el Comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente.
6. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y estudiantes, y los que surjan entre estos últimos.
7. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia.
FUNCIONAMIENTO: El Comité de Convivencia se instalarán dentro de los primeros sesenta (60) días calendario escolar y se reunirán ordinariamente cada dos (2) meses. Además, lo podrán hacer extraordinariamente cuando los miembros del Comité lo estimen conveniente.
ARTÍCULO 17 EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO.
En reunión de estudiantes por grado, previa invitación del Coordinador u/ o Director, y en compañía del Asesor de Grado, los Estudiantes evaluaran su comportamiento teniendo en cuenta la autoevaluación, la coevaluación y la hetero evaluación. La escala será la siguiente:
SUPERIOR
ALTO
BASICO
BAJO
ARTÍCULO 18. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO.
Objetivos.
General: El proceso de evaluación académica tiene como propósito último favorecer el mejoramiento continuo del desempeño académico, facilitando la planificación, control y seguimiento de la gestión académica y la emisión de juicios fundamentados para la asignación de incentivos, promoción y/o permanencia de los estudiantes en la institución.
Específicos:
· Diagnosticar logros y dificultades del desempeño académico, fijando estrategias y mecanismos para estimular y superar dificultades.
· Aportar a los estudiantes elementos para la auto reflexión y la auto regulación de su desempeño.
· Identificar necesidades de formación de los estudiantes y establecer estrategias adecuadas para su satisfacción.
· Constatar la existencia de condiciones y medios necesarios que faciliten la realización eficiente de las funciones académicas.
· Garantizar seguimiento en el cumplimiento de las funciones y responsabilidades de los estudiantes.
· Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias generales y específicas y conocimientos por parte de los educandos.
· Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación Preescolar y básica.
· Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en los estudios.
· Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.
• Informes.
Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del año escolar, los padres de familia y/o acudiente recibirán un informe escrito de evaluación, en el que se den cuenta de los avances de los estudiantes en el proceso formativo e integral en cada una de las áreas.
A los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) se les entregará un informe cuantitativo y cualitativo del progreso respecto a los objetivos propuestos en su adaptación curricular.
En cada uno de los cuatro informes de evaluación, mostrarán para cada área el rendimiento de los estudiantes, mediante una escala Numérica de 1.0 a 5.0.
• Escala Valorativa.
DESEMPEÑO SUPERIOR: De 4.5 a 5.0. Se puede considerar un estudiante que Alcanza el 100% (cien por ciento) en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos, sin actividades de recuperación y cumple con los siguientes atributos:
No tiene fallas y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea mermado.
No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto convivencial con ninguna de las personas de la Comunidad Educativa.
Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.
Manifiesta sentido de pertenencia institucional
Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.
Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.
DESEMPEÑO ALTO: De 4.0 – 4.49. Se puede considerar sobresaliente al estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentra entre el 80% (ochenta por ciento) y el 95.99% (noventa y nueve punto noventa y nueve por ciento), cumpliendo con los siguientes atributos:
Alcanza todos los indicadores de logros propuestos, pero con algunas actividades de recuperación.
Tiene fallas de asistencia justificadas.
Reconoce y supera sus dificultades.
Desarrolla actividades curriculares específicas.
Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.
Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo.
DESEMPEÑO BASICO: De 3.0 – 3.99. Se considera aceptable el estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentra entre el 60% (sesenta por ciento) y el 79.99% (setenta y nueve punto noventa y nueve por ciento) cumpliendo con los siguientes atributos:
Alcanzar los indicadores de logro mínimos con actividades de recuperación propuestas dentro del período académico y/o de los espacios que la Institución ha definido para el efecto.
Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.
Presenta algunas dificultades de comportamiento.
Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.
Manifiesta un sentido de pertenencia a la Institución.
Obtiene los indicadores de logro, evidenciando algunas dificultades.
La denominación DESEMPEÑO BÁSICO, se entiende como la superación de los desempeños mínimos, en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente, las competencias, los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el M.E.N. y los establecidos en el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) En el caso de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) que presentan Adecuaciones Curriculares para su proceso académico, la evaluación debe atender a la adquisición de los logros definidos en dichas adecuaciones y se tendrá en cuenta las etapas del progreso alcanzado propuestas en cada periodo con el objetivo de analizar el avance del proceso individual. Para el caso de estudiantes con adecuaciones significativas en su proceso académico, la valoración debe responder a los logros alcanzados, es decir, la nota debe dar cuenta de su progreso y su desempeño satisfactorio en el logro propuesto, atendiendo al ritmo de aprendizaje diferenciado.
DESEMPEÑO BAJO: De 1.0 – 2.99 Se entiende como la no superación de los desempeños mínimos. En el caso de los estudiantes con barreras para el aprendizaje y la participación que requieran Adecuaciones Curriculares, la denominación desempeño bajo tendrá que ser analizada no solo en su dimensión académica sino además frente al desarrollo personal y social acorde a las competencias que sus habilidades les permitan.
Se considera que un estudiante tiene un DESEMPEÑO BAJO, cuando la valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentra entre el 10% (diez por ciento) y el 59.99% (cincuenta y nueve punto noventa y nueve por ciento), atendiendo los siguientes atributos:
§ No alcanza los indicadores de logro mínimos o las insuficiencias persisten después de realizadas las actividades de recuperación.
§ Presenta faltas de asistencia injustificadas equivalentes a un 10% en su asignatura.
§ Presenta dificultades de comportamiento
§ No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.
§ No demuestra sentido de pertenencia institucional.
Parágrafo 1: El informe final se presentará luego de ser promediadas las calificaciones de cada uno de los cuatro períodos, el cual incluye la evaluación integral del estudiante, con dos escalas valorativas, una numérica y la otra la escala nacional.
Parágrafo 2: Se presentarán evaluaciones generales por período con preguntas tipo ICFES.
Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales presentarán estas evaluaciones teniendo en cuenta las equivalencias a los logros establecidos según sus necesidades.
Parágrafo 3: El promedio entre las calificaciones de cada uno de los cuatro (4) períodos, dará como resultado la evaluación final del área obligatoria y fundamental, expresada mediante la escala numérica de 1.0 a 5.0 y su equivalencia de la siguiente manera:
1.0 – 2.99 Desempeño Bajo
3.0 – 3.99 Desempeño Básico
4.0 – 4.49 Desempeño Alto
4.5 – 5.0 Desempeño Superior
Parágrafo 4: En la Escala Numérica de 1.0 a 5.0, la calificación será expresada con la Unidad Entera y la décima. Al promediar evaluaciones o los respectivos períodos, puede resultar un número con unidad entera, décima y centésima. Si la centésima es mayor o igual a cinco (5), la décima será incrementada.
• Nivelaciones por periodo.
Todo educando que haya obtenido Desempeño Bajo, en una o varias áreas, al término de cada periodo académico, presentara recuperación de la misma, la semana siguiente al término del periodo académico, la calificación que obtenga, que no será superior a un 60% será la que se califique en el informe académico del periodo en mención.
• Nivelaciones finales.
Todo educando que haya obtenido Desempeño Bajo en la evaluación final de una (1) o dos (2) Áreas, presentará una nueva evaluación de los logros no alcanzados en el área durante el año, a más tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar (Recuperación).
Nota: Se entiende por Recuperación, el conjunto de actividades de tipo académico que el estudiante efectúa al comenzar el nuevo año lectivo, mediante la cual un estudiante realiza el proceso de superación o nivelación de logros pendientes de una o dos áreas.
En el caso de los estudiantes con barreras para el aprendizaje y la participación dichas estrategias deben estar acordes a las necesidades individuales y atender a las disposiciones que se establezcan en el Plan de Apoyo Personalizado que elabora la docente de apoyo con los docentes de área.
Parágrafo 5. La nivelación o recuperación se hará en una sola oportunidad, en el momento en que el estudiante lo requiera y/o al terminar cada período, con actividades alternas o extracurriculares (Plan de Nivelación). Véase anexo. Para los estudiantes con Necesidades Educativas especiales se tendrá en cuenta el Plan de Apoyo Personalizado.
• Promoción anticipada de grado:
Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo, la Promoción Anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo Cognitivo, Personal y Social en el marco de las competencias y estándares básicos y Lineamientos del M.E.N. la decisión será consignada en el Acta del Consejo Directivo y si es positiva en el Registro Escolar.
Aplica para estudiantes con NEE con talentos o capacidades excepcionales cuando las condiciones de promoción así lo ameriten. Las condiciones específicas de la promoción anticipada serán definidas por el Consejo Académico en su momento oportuno.
• Estudiantes No Promovidos.
Un estudiante no será promovido al grado siguiente cuando incurra al menos en una de las siguientes situaciones:
Si en el informe final obtiene DESEMPEÑO BAJO: en tres (3) o más áreas.
Si ha dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las horas lectivas del área.
En el caso de los estudiantes con NEE deben tener unos criterios de promoción diferenciados que atiendan a los logros establecidos en cada área para su caso particular. Teniendo en cuenta los procesos del desarrollo integral del estudiante y según los parámetros de normalización como principio de inclusión, factores como la edad, el nivel de desarrollo cognitivo, físico, sensorial y socio-afectivo deben tenerse en cuenta a la hora de definir la promoción del estudiante con barreras para el aprendizaje.
La repitencia no implica exclusión automática del estudiante. A éste se le garantiza en todos los casos, el cupo atendiendo al debido proceso.
ARTÍCULO 19 Evaluación de los Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales
El o la estudiante que presente necesidades educativas especiales transitorias o permanentes en la etapa diagnóstica o inicial, y que requiera de un apoyo especial, deberá ser evaluado por la docente de apoyo, con el propósito de implementar estrategias de mejoramiento. Dichas estrategias deben ser ejecutadas entre el docente de apoyo y el o los docentes que le atienden.
El o la estudiante que presente necesidades educativas especiales por discapacidad para cursar en forma regular un área o asignatura, será evaluado en forma diferenciada, informándose a los padres al inicio del año escolar y registrándose en su documento individual de adecuaciones curriculares (DIAC), el cual certifica este tipo de evaluación.
Para solicitar evaluación diferenciada el docente titular o de área remitirá al estudiante a la Docente de apoyo pedagógico, la cual a través de una valoración, informará a los padres el tipo de evaluación que se le aplicará y el trabajo que se realizará con él o la estudiante para apoyar sus aprendizajes.
Se dispone que cuando se escolaricen estudiantes con necesidades educativas especiales que precisen adaptaciones de acceso y/o adaptaciones curriculares significativas, se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
La evaluación de los aprendizajes del estudiantado con necesidades educativas especiales en aquellas áreas o asignaturas que hubieran sido objeto de ajustes o adaptaciones curriculares significativas, se efectuará tomando como referencia los logros y criterios de evaluación fijados para ellos en las adaptaciones curriculares.
Los contenidos básicos se concretan a través de ajustes curriculares. Un ajuste curricular exige el análisis del plan de estudios propio del Centro Educativo, del plan de área y/o asignatura respectivo y con base en estos a las necesidades propias del educando, seleccionar los contenidos indispensables, allegar los recursos propios, determinar las estrategias metodológicas necesarias, y fijar los criterios de evaluación precisos. Todo ajuste curricular no necesariamente debe cubrir contenidos metodología y evaluación; pues, hay educandos que se pueden desenvolver con los contenidos del plan de estudios, y sólo requieren una estrategia metodológica adecuada y unos criterios de evaluación precisos.
Las adaptaciones curriculares se consideran significativas cuando modifican los contenidos básicos de las diferentes áreas curriculares y afectan los logros y los respectivos criterios de evaluación de dichas áreas y, por tanto, al grado de consecución de las capacidades de la etapa correspondiente.
La valoración del proceso de aprendizaje de las áreas o asignaturas que hayan sido objeto de adaptaciones curriculares significativas, se expresarán en los mismos términos y utilizarán las mismas escalas que los establecidos en la institución educativa.
La información que se proporcione al estudiante o a sus representantes legales constará, de una valoración cuantitativa y cualitativa del progreso de cada estudiante respecto a los objetivos propuestos en su adaptación curricular.
La promoción de los estudiantes con N.E.E. dependerá de la obtención de los logros básicos establecidos para el grado respectivo según las adaptaciones curriculares, y puede hacerse al finalizar el año o en cualquier otro momento del año escolar, acudiendo a la figura de la promoción anticipada.
DE LA FAMILIA
ARTÍCULO 20 .DERECHOS
1. Ser atendidos oportunamente por el docente
2. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del plantel.
3. Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro del horario fijado por la institución.
4. Conocer oportunamente las investigaciones y correctivos que afecten a los alumnos acudidos o hijos.
5. Recibir la colaboración eficiente y a tiempo de los diversos estamentos del plantel en los aspectos educativos y formativos.
6. Participar en la asociación, Consejo o Comité de Padres de Familia y asistir a la escuela de padres.
7. Reclamar por el incumplimiento del presente manual de convivencia, siguiendo el conducto regular ante la instancia respectiva.
8. Recibir periódicamente los informes académicos, de conducta y disciplina de sus hijos y acudidos.
9. Ser oído y respetado por las directivas, personal de servicios generales y profesores del centro educativo.
10. Ejercer libremente su credo religioso y su pensamiento político.
11. Solicitar por escrito, permiso para ausentar del establecimiento a sus hijos.
12. El Consejo Directivo establecerá un buzón para quejas, reclamos y sugerencias de los padres de familia y de los estudiantes.
13. Interponer el recurso de reposición y apelación cuando le sea aplicado un correctivo académico y/o disciplinario a su hijo(a).
ARTÍCULO 21. DEBERES.
Los padres y madres de familia y/o los acudientes son los representantes legales de su hijo e hijas y/o acudidos. Por esto, al firmar la matricula se hacen responsables de sus actos u omisiones de los estudiantes y se comprometen a cumplir los siguientes deberes.
1. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos en concordancia con los lineamientos establecidos por las leyes vigentes y el presente Manual de Convivencia.
2. Solicitar y recibir información sobre las normas generales establecidas y el funcionamiento del plantel.
3. Asistir a las reuniones programadas por el centro educativo, o cuando se requiera de su presencia.
4. En caso de no poder asistir el día y hora señalados, deberá presentarse el día laboral siguiente, sopena de devolver el estudiante.
5. Acercarse personalmente a presentar excusas por fallas o retardos y cuando desee averiguar el comportamiento de su acudido, hijo, hija dentro del horario establecido.
6. Proporcionar a su hijo, hija o acudido un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar, evitar cualquier causa que le impida el cumplimiento de sus labores escolares.
7. Buscar los medios necesarios para que el acudido cumpla con los requisitos exigidos por el centro educativo, tales como: certificados, registro civil, útiles escolares y otros.
8. Apoyar las campañas para mejorar el servicio educativo, de bienestar estudiantil, salud, alimentación y consecución de material didáctico.
9. Fomentar los medios de comunicación masiva en la institución para expresar libremente su opinión.
10. Participar activamente en la conformación de la asociación de padres de familia, consejo de padres, junta directiva, consejo directivo y la escuela de padres.
11. Aceptar al momento de matricular las orientaciones del manual de convivencia.
12. Presentarse a la Institución a recoger a su hijo (a) cuando solicite permiso para ausentarse de la Jornada Académica.
ARTÍCULO 22. ESTÍMULOS.
1. Ser invitados especiales a eventos como día de la familia, graduaciones.
2. Resaltar en reuniones, actos culturales y comunitarios a aquellos padres de familia cuyos hijos se destaquen en la institución.
3. Resaltar en izadas de bandera, actos comunitarios y reuniones, las actitudes positivas de los padres que se destaquen por su colaboración y participación en actividades del establecimiento.
4. Tenerles en cuenta las opiniones y sugerencias presentadas en pro del desarrollo de la institución.
ARTICULO 23. CORRECTIVOS
1. invitar a diálogos personal o en ausencia, comunicación escrita, cuando:
§ Se incumpla con cualquier deber estipulado en el presente manual.
§ No cancele a tiempo las deudas contraídas con la institución.
§ Atente contra la integridad física y moral de los niños y las niñas.
§ No justifique los retardos o ausencia de sus hijos e hijas o acudidos(as).
§ Irrespete o atente contra la buena fama de las personas y del buen nombre del centro educativo.
2 .informar a bienestar familiar cuando se atente contra la integridad física y moral de los (as) estudiantes.
DE LOS DOCENTES
ARTÍCULO 24. DERECHOS
1. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de reclamos y solicitudes antes autoridades de orden nacional o seccional.
2. A través del ejercicio docente, inculcar a los alumnos el amor por la vida, la libertad, la ciencia y la convivencia humana.
3. Asignar tareas que ayuden a los alumnos a repasar, profundizar, ampliar el conocimiento; pero que estén a su alcance.
4. Participar en los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan.
5. Solicitar y obtener permisos, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.
6. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas, ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.
7. Recibir información oportuna y ser consultado sobre cambios establecidos en las actividades programadas.
8. Dar un trato justo y equitativo al maestro por parte de las Directivas del Centro Educativo.
9. Los representantes de los Docentes al Gobierno Escolar deben ser elegidos por votación en forma democrática.
10. Recibir oportunamente y por escrito los avances de los estudiantes remitidos a la docente de Aula de Apoyo.
11. Al maestro que preste el servicio de disciplina, se le brinde un acompañamiento durante las formaciones por todo el personal docente de la jornada escolar.
ARTÍCULO 25. DEBERES
Los deberes son exigencias y compromisos para los docentes, administrativos y demás funcionarios(as); es la expresión del cariño, afecto e interés que sienten por la formación integral del estudiante.
1. Conocer y cumplir los acuerdos consignados en el Manual de Convivencia.
2. Cumplir con calendario, la jornada laboral, de acuerdo con la reglamentación del gobierno nacional.
3. Inculcar en los estudiantes el amor por la institución, la vida, la libertad, la investigación y convivencia humana.
4. Presentar periódicamente informes sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo.
5. Participar en los Consejos y Comités que sea requerido.
6. Promover la formación de valores morales, éticos, culturales, espirituales y cívicos siendo ejemplo en toda circunstancia y lugar.
7. Fomentar el espíritu ecológico para la conservación del medio ambiente y el respeto a los recursos naturales.
8. Conservar una conducta acorde con la función educativa y con los fines, objetos, derechos y principios establecidos.
9. Mantener relaciones cordiales con los padres de familia, acudientes, estudiantes, compañeros de trabajo, administrativos, promoviendo una firme vinculación, cooperación vital y respeto entre el centro educativo, la comunidad educativa y las autoridades educativas.
10. Dar a conocer al inicio el año escolar los contenidos, logros, objetivos del área, lo mismo que su metodología y exigencias disciplinarias.
11. Preparar oportunamente las clases a fin de brindar a los (as) estudiantes alternativas de aprendizaje.
12. Orientar a los(as) estudiantes para que profundicen y amplíen los conocimientos adquiridos en clase y brindar mecanismos de ayuda para la recuperación académica.
13. Atender a los padres de familia en el horario establecido.
14. Responsabilizarse de las horas de clase y demás actividades a su cargo.
15. Tener sentido de pertenencia del centro educativo y de los elementos necesarios para el buen desarrollo de su quehacer pedagógico.
16. Dar un trato justo a los(as) estudiantes sin evidenciar preferencias.
17. Mantener una conducta pública acorde con el decoro y dignidad de maestro y la filosofía del centro educativo.
18. Dar un trato cortés y respetuoso a los estudiantes, Directivos, compañeros y demás miembros de la Comunidad Educativa. No utilizar en forma verbal o gesticulada mente términos degradantes hacia los miembros de la Comunidad Educativa.
19. Acompañar en las formaciones al Docente de Disciplina.
ARTÍCULO 26. ESTÍMULOS.
1. reconocimiento oportuno cuando sobresalga en :
§ Colaboración
§ Puntualidad
§ Interés por auto capacitarse
§ realización de proyectos
§ Interés por la formación integral de los(a) estudiantes
§ Trato cordial con los(as) estudiantes
§ Participación en eventos relevantes en nombre del centro educativo.
2. proporcionar encuentros de recreación
3. menciones de reconocimiento por hechos sobresalientes a favor del progreso de la institución.
DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INGRESO
ARTÍCULO 27.PROCESO DE INGRESO Y SELECCIÓN.
Para ingresar por primera vez o reingresar al centro educativo, debe seguirse el siguiente procedimiento:
1. Cumplir con los requisitos mínimos de edad establecidos por el M.E.N y el Consejo Académico del Centro educativo.
2. Adquirir el Manual de Convivencia, estudiarlo y firmar la constancia de aceptación.
3. Diligenciar el folio de matrícula, con la carpeta y los debidos papeles.
PARÁGRAFO Al momento de la matrícula todos los alumnos deben presentar la constancia de afiliación a un Sistema de Seguridad Social
DEL GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULO 28. GENERALIDADES
Establecido en el centro educativo según el artículo 142 de la Ley General de Educación, 115 de 1994. El artículo 19 del Decreto 1860 de 1994, faculta a las instituciones y Centros educativos para agregar funciones y definir criterios en el interior del gobierno escolar, conservando los principios constitucionales de participación y Democracia.
El Centro Educativo Rural Rural Santa Rita, junto con la sede que la integra; organiza su gobierno escolar en forma democrática, con la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa.
El gobierno escolar es pues una posibilidad y por ende una responsabilidad de ejercer el derecho a la participación y a la solidaridad; una estructura democrática conformada por cuatro estamentos, que son:
Consejo Directivo
Consejo Académico
Dirección.
Consejo Estudiantil.
Los consejos deben estar organizados y cumpliendo sus funciones en las cuatro (4) semanas siguientes a la iniciación de clases. Se reunirán una vez al mes o cuando las circunstancias lo ameriten.
Sus miembros son elegidos por un periodo de un año y ejercerán sus funciones hasta cuando se nombren los nuevos miembros. Pueden ser reelegidos si el estamento así lo desea.
ARTÍCULO 29. PRINCIPIOS QUE LO FUNDAMENTAN
1. CORRESPONSABILIDAD: Cada estamento asume ante el gobierno escolar el papel que le Corresponde según sea alumno, docente, acudiente, egresado o directivo – docente.
2. SUBSIDIARIDAD: Se deben respetar las competencias y conductos regulares.
3. PARTICIPACIÓN: Tienen derecho a participar todos los estamentos de la Comunidad Educativa.
4. UNIDAD: Se debe lograr armonía, coherencia y unidad de criterios.
ARTÍCULO 30. REQUISITOS PARA INTEGRARLO
Todas las personas que aspiren a participar en cualquier estamento del gobierno escolar, deben poseer las siguientes características:
1. Libre voluntad de participación.
2. Capacidad de liderazgo.
3. Actitudes y valores acordes con la Misión, Visión, Principios y Valores del Centro Educativo.
4. Disponibilidad para el servicio.
5. Sentido de pertenencia con el Centro Educativo Rural Santa Rita.
6. En el momento de ser elegido, haber estado vinculado al Centro educativo Rural Santa Rita por lo menos durante dos años en calidad de alumno, docente o acudiente.
7. Ser ejemplo de cumplimiento del Manual de Convivencia Escolar.
ARTÍCULO 31. ÓRGANOS QUE LO INTEGRAN
Consejo Directivo
Es la primera instancia directiva que de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento, está conformado por:
1. El Director, quien convoca y preside la reuniones ordinarias una vez por mes o extraordinarias cuando le considere conveniente.
2. Las coordinadoras, quienes tendrán voz pero sin voto.
3. Los docentes elegidos en asamblea general.
4. Un estudiante del grado superior, elegido por el consejo estudiantil.
5. Un representante de los exalumnos elegidos por la asociación de egresados.
6. Dos representantes de los padres de familia: uno de la junta de padres de familia y unos por el consejo de padres.
7. un representante del sector productivo.
Consejo Académico
Asume el liderazgo en la investigación y el diseño del currículo. Participa como instancia superior para orientar la acción pedagógica del establecimiento. Estará integrado por:
1. El Director quien lo preside.
Director.
El director es el representante legal del establecimiento, presidente del Consejo Directivo y quien ejecuta las decisiones del gobierno escolar.
Otros
Personero Estudiantil: Debe elegirse entre los alumnos del ultimo grado que ofrezca el Centro educativo y es el encargado de promover los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la institución política las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.
Consejo Estudiantil: Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Se elige un representante de los tres últimos grados.
Asociación de Padres de Familia: Con base en el Decreto 1860 Art. 30.
Se nombran 3 representantes por cada grado, quienes en asamblea general eligen la junta de padres de familia y los demás conforman el consejo de padres.
Consejo de Padres de Familia: Con base en el Art. 31 del 1860.
Para asegurar la continuidad, la participación de los padres de familia y/o acudientes en el proceso pedagógico, se debe conformar el consejo de padres, que estará conformado por uno ó dos padres de familia de cada curso elegidos en la primera asamblea general.
ARTÍCULO 33. USO DE LOS BIENES, ENCERES Y ESPACIOS DE LA INSTITUCION.
El uso, de los bienes, enceres y espacios de la Institución estarán bajo la responsabilidad del Director.
Nadie podrá sacar de la Institución ninguna clase de bienes o enceres de propiedad de esta, sin la autorización escrita del Director.
No se podrán usar los bienes, enceres y espacios de la Institucion, por parte de particulares sin la autorización escrita del Director.
RUTAS DE ATENCION INTEGRAL
PROMOCION: Fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar con el fin de generar un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
PREVENCION: Intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivas en el contexto escolar.
ATENCION: Asistir oportunamente a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan a la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales.
SEGUIMIENTO: Seguimiento y evaluación de las estrategias y acciones de promoción, prevención y atención desarrolladas por los actores e instancias del sistema nacional de convivencia escolar.
PAUTAS, ACUERDOS, MEDIDAS PEDAGOGICAS Y ALTERNATIVAS DE SOLUCION FRENTE A LAS SITUACIONES QUE AFECTEN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
PROTOCOLOS
TIPO 1:
Conflictos manejados inadecuadamente y situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar. No generan daños al cuerpo o a la salud física o mental.
ACCIONES:
· mediar de manera pedagógica con las persona implicadas
· fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa, y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
· Establecer compromisos y hacer seguimiento
TIPO 2:
· Que se presenten de manera repetida o sistemática
· Que causen daños al cuerpo o a la salud física o mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
ACCIONES:
· Brindar atención inmediata en salud física o mental de los afectados.
· Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos.
· Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.
· Informar de manera inmediata a los padres, madres, acudientes.
· Generar espacios para exponer lo acontecido.
· El comité escolar de convivencia realizara el análisis del caso y seguimiento de las soluciones
TIPO 3
· Situaciones que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.
ACCIONES:
· Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados
· Informar de la situación a la policía nacional (policía de infancia y adolescencia)
· Citar a los integrantes del comité escolar de convivencia y ponerlos en conocimiento del caso